domingo, 1 de diciembre de 2013

9. Derechos de autor

Antiguamente existía un vacío legal a la hora de registrar los derechos de autor de cualquier tipo de publicación.
La obra publicada, en el momento de crearla ya tenía derechos de autor C (Copyright) pero se desconocía el uso y las normas de ella. Cada vez que utilizábamos una obra se tenía que recurrir a intermediarios, en este caso a un buffet de abogados para no corres riesgos.
Para solucionar este vacío legal se creo CC (Creative Commons) un conjunto de licencias estandarizadas de propiedad intelectual, disponibles gratuitamente en la web, que conservando el autor la propiedad intelectual de su obra, concedes permiso para que se use de ciertas maneras y bajo ciertas condiciones.
Así de esta forma se evita las consultas a intermediarios, conociendo de antemano las condiciones y normas de uso de otras obras sin pedir previo permiso para su utilización.
Por ello para evitar problemas a la hora de compartir publicaciones o que otros las quieran compartir desde nuestro blog, por ejemplo, la mejor solución es registrarlo en CC con las normas y condiciones que nosotros le demos para su uso público.

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